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¿Qué mercancías puedo importar?

¿Qué mercancías puedo importar?

Puede importarse cualquier mercadería excepto:
Vehículos y motocicletas usadas asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras.

Ciertos productos pueden estar sujetos a ‘’visto bueno’’, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, es necesario obtenerlo de forma previa al envío por el organismo correspondiente.

PRODUCTOS COSMETICOS Y PERFUMES
Se permite realizar como persona natural máximo 3 envíos al año; los cuales no deben exceder las 10 unidades por envío.

PRODUCTOS ALIMENTICIOS / Seremi de salud
Esta tramitación debe ser de forma presencial / Costo aproximado $10.500

*Alimento preparado o de consumo directo / 10 unidades con un máximo total de 10 kg. o 10 lt. (chocolates, mermeladas, confites, sopas, ensaladas, etc.)

*Estimulantes o fruitivos / 10 unidades con un máximo total de 5kg (yerba, mate, café, té)

*Aditivos / 50gr. (condimentos y especies)

*Alimentos básicos / 20 kg. (arroz, aceite, harina, fideos, etc.)

PRODUCTOS USO FARMACOLOGICOS / ISP
Esta tramitación únicamente es en a través de la página online / Costo aproximado $9.500

Más información en: http://up.ispch.gob.cl

¿Qué mercancías no puedo importar?

Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes)

  • Motos usadas
  • Neumáticos usados y recauchados
  • Asbesto en cualquiera de sus formas
  • Pornografía
  • Desechos industriales tóxicos
  • Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
  • Otras mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar.